Reforma laboral, es Constitucional dice la SCJN

Suprema Corte avala constitucionalidad de la reforma laboral derivada del T-MEC

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma laboral aprobada por el Congreso en mayo de 2019, misma que tuvo el propósito de cumplir con los compromisos en esa materia dentro del acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Por unanimidad, los ministros de la Segunda Sala aprobaron el proyecto del ministro José Fernando Franco González-Salas, en el cual se negó cuatro amparos a la Unión Sindical de Trabajadores de las Fábricas de Aparatos y Material Eléctrico, Electrónicos e Instalaciones en el Distrito Federal.

La reforma laboral del año pasado, promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, contempló esquemas de democracia sindical y combate a la corrupción.

Por ejemplo, garantizar el derecho de los trabajadores a participar en actividades de negociación colectiva y a formar o afiliarse al sindicato de su elección. Establecer órganos independientes e imparciales para registrar elecciones sindicales y resolver disputas relacionadas con contratos colectivos. Establecer requisitos para el registro de contratos colectivos, y garantizar la transparencia de los contratos colectivos negociados.

En ese marco, la Unión Sindical de Trabajadores de las Fábricas de Aparatos y Material Eléctrico, Electrónicos e Instalaciones en el Distrito Federal promovió recursos legales que llegaron a la Corte, “contra actos del Congreso de la Unión y otras autoridades, consistentes en la expedición, aprobación y publicación del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia, libertad sindical y negociación colectiva”.

El proyecto aprobado en la Segunda Sala declaró la constitucionalidad de los artículos 110, 371, 371 Bis, 390 Ter, 399 Ter y 400 Bis, de la Ley Federal del Trabajo; así como Décimo Primero, Vigésimo Segundo y Vigésimo Tercero transitorios del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019.

El Economista