Pasa en San Lázaro reforma de outsourcing

Tras cuatro meses de negociaciones entre gobierno, empresas y sindicatos para ‘poner orden’ en el outsourcing y el alcance de un acuerdo tripartito sobre el Reparto de Utilidades, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma que regula la subcontratación laboral en el sector privado y en el sector público federal.

Con 348 votos a favor, 77 en contra y 32 abstenciones, los diputados avalaron en lo general y en lo particular los artículos no reservados el dictamen que prohíbe la subcontratación de personal, pero permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa.

Los partidos Morena, PT, PES, PVEM, PRD y MC votaron a favor, el PAN en contra y el PRI se dividió con votos a favor, en contra y en abstención. Por su parte, el morenista Porfirio Muñoz Ledo se abstuvo. Se registraron 38 reservas o propuestas de modificación a la reforma.

Con lo anterior, los diputados derogaron la reforma laboral —que incluyó regulación de subcontratación— que se promulgó en noviembre de 2012 en el periodo de transición sexenal de los expresidentes Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, misma que fue aprobada por la LXII Legislatura en la cual Luisa María Alcalde, actual titular de la Secretaría del Trabajo, fue diputada y secretaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Los legisladores aprobaron el dictamen con el acuerdo tripartito referente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), que consiste en que el monto de la PTU tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

El único cambio que los diputados hicieron respecto del dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Trabajo fue una adición de ‘último momento’ a la Ley que rige a los trabajadores al servicio del Estado, a fin de que la regulación de la subcontratación también rija a los empleados del Gobierno federal.

Lo anterior implica que las dependencias e instituciones de la Administración Pública Federal no podrán recurrir a la subcontratación, con excepción de la subcontratación de los servicios especializados.

Sin embargo, el dictamen hace una diferencia en cuanto a la entrada en vigor de la reforma para el sector privado y sector público federal, para las empresas iniciará su aplicación al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y para el Gobierno federal la vigencia será en 2022.

Fernando Yllanes, presidente de la Comisión de Seguridad Social y Recursos Humanos de Concamin, señaló que “después de muchos jaloneos y de una iniciativa sorpresiva, se logró un acuerdo y en los acuerdos en materia laboral siempre se tiene que ceder y siempre habrá asuntos que no quedaron acordes a lo que alguna de las partes había planteado, quedan temas que ojalá se sigan reflexionando”.

Manuel Fuentes, abogado laboralista y asesor sindical, sostuvo que “la reforma no deja satisfechos a todos los sectores, finalmente no desaparece la subcontratación, la idea original de desaparecer el outsourcing no resultó posible, por un lado la permite y por otro la legitima, es un escenario complicado y la redacción de la reforma sigue permitiendo evasiones de la Ley”.

Posiciones

La presidenta de la Comisión de Hacienda, Patricia Terrazas Baca, del PAN, explicó al presentar el dictamen que dichas reformas buscan prohibir o regular la subcontratación de personal, sin prestaciones sociales, para lo cual se derogan las disposiciones que actualmente prevén alguna regulación.

“Las modificaciones presentadas eliminarán aquellas prácticas que dañan los derechos laborales erradicando acciones que operan en la actualidad, a través de las diversas formas de simulación en perjuicio de las personas, trabajadores y del erario”, afirmó.

Terrazas Baca precisó que se proponen reglas claras, respecto a la sustitución patronal y al registro de los trabajadores; se establece un reparto de utilidades límite máximo de 90 días de salario del trabajador o el promedio de los últimos tres años, lo que resulte más benéfico para el mismo.

El presidente de la Comisión del Trabajo, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del PES, indicó que a los acuerdos de Palacio Nacional se agregaron al dictamen propuestas para adicionar el artículo séptimo al proyecto de decreto y agregar un artículo 10 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, así como el artículo octavo para adicionar un artículo 2 Bis de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución.

Explicó que en estos cambios se prohíbe la subcontratación de personal en beneficio de las dependencias e instituciones a que se refiera su artículo 1º, y que se permitirá únicamente la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público que tendrá la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Además, se modificó el artículo primero transitorio para incluir “y lo previsto en los artículos séptimo y octavo del presente decreto entrarán en vigor en el ejercicio fiscal 2022”.

También se adicionó el décimo transitorio para señalar que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal involucradas en la implementación de dicho decreto realizarán las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor e implementación se lleven a cabo con cargo al presupuesto aprobado a cada una de ellas en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.

Para ello, se aclara, no requerirán recursos adicionales que tengan por objeto solventar las mismas y no se incrementará el gasto regularizable de estas para el presente ejercicio fiscal ni posteriores.

Se establece la diferencia de la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de las obras especializadas, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante, explicó Baldenebro Arredondo.

Además, se plantea la obligación para que dichas empresas se inscriban en el padrón a cargo de la STPS, con la finalidad de que antes de celebrar un contrato acrediten el carácter especializado de los servicios que otorgan y que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, agregó.

Destacó que “se proponen reglas claras respecto de la situación patrimonial y al registro de sus trabajadores. Se establece un reparto de utilidades límite, máximo de 90 días del salario del trabajador o el promedio de los últimos tres años, lo que resulte más benéfico”.

Señaló que por la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en diversas leyes, los institutos y autoridades correspondientes celebran con la STPS convenios de colaboración para que el intercambio de información y la realización de acciones de verificación conjuntas en el respectivo ámbito de competencia.

Entre otros aspectos, “se endurecen las sanciones para patrones que se niegan al desahogo de inspecciones, así como aquellas que utilicen la subcontratación en contravención de las leyes”, añadió.

En los artículos transitorios se establece que las reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, que las empresas que presten servicios de subcontratación deberán obtener el registro ante la STPS en un plazo de tres meses, contados a partir de la publicación, y que la Secretaría del Trabajo tendrá 30 días para emitir las nuevas reglas para ese registro.

El Financiero