Principio de equidad, detrás de impuestos digitales: BID

Atraer a las plataformas digitales al cumplimiento tributario es mucho más que una tendencia mundial, o un área de oportunidad para fortalecer la recaudación. Estamos hablando de un principio de equidad en el tratamiento de empresas que ofrecen los mismos servicios y pagan impuestos al contar con un domicilio fiscal físico y generarse ingresos en el país de operación, advierte el jefe de la División Fiscal en el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Emilio Pineda.

En la actualidad, son tres los países de América Latina que van a la vanguardia en gravar a empresas como Uber, Cabify, Netflix, Amazon y Airbnb, entre otras. Se trata de Argentina, Uruguay y Colombia. Y hay al menos otros cinco países que exploran la posibilidad de adaptar la estructura tributaria para fiscalizarlos, tal como sucede con otras empresas que ofrecen servicios similares y tienen su operación física en el país, incluido México, Chile, Brasil y Perú, detalla.

Entrevistado por El Economista, dice que la experiencia que dejan los países que ya fiscalizan a este tipo de corporativos es que “hay disposición de las empresas que ocupan estas plataformas para colaborar y responsabilizarse de los impuestos que se tengan que pagar.

“El punto es identificar el esquema de tributación pertinente, que no estén basados en un principio de presencia física (…) Se escalan los servicios que ofrecen en masa y se suele cobrar en función del lugar donde se pagan”.

La fiscalización a este tipo de empresas que ofrecen servicios en plataformas digitales está muy adelantada por Europa, donde destacan los casos de España y Reino Unido; y de Asia, donde Nueva Zelanda y Australia son punta de lanza. Pero muchos más países operan las nuevas leyes sobre impuestos digitales, como Arabia Saudí, Emiratos Árabes, Sudáfrica, Angola, Japón, Corea del Sur, Taiwan, India, Islandia, Bielorrusia, Bangladesh, Noruega, entre otros.

“El principal reto del mundo es que la irrupción de la economía digital incentive a los fiscalizadores y hacedores de políticas a modernizar la regulación obsoleta y hacerla suficientemente flexible para que pueda adaptarse a la misma evolución de las nuevas tecnologías”, aseveró.

De visita en México, para participar en el seminario sobre fiscalización digital, organizado por la sección fiscal del BID, estimó que en unos dos o tres años, la mayoría de los países de América Latina y probablemente Occidente estarán alineados en la fiscalización de las empresas digitales y que estarán obligadas a pagar al menos el IVA.

La tendencia
El experto del BID descarta comentar sobre la reciente propuesta del gobierno mexicano para avanzar en esta fiscalización a plataformas digitales. Pero comenta que podría insertarse en alguna de las dos tendencias mundiales, que es la declaración del IVA por la prestación de servicios, y el cobro del ISR a la empresa.

Explica que la directriz de este trabajo para fiscalizar la trae la OCDE, que desde hace más de un lustro ha investigado y propuesto sobre la determinación de lugar de tributación para el suministro transfronterizo de servicios intangibles, incluido en los principios de fiscalidad internacional para las empresas multinacionales.

La propuesta mexicana
Los Criterios Generales de Política Económica para 2020 contemplan el pago del IVA sobre las compras en plataformas web, consumo de contenidos audiovisuales y la contratación de hospedajes y de viajes privados mediante aplicaciones móviles.

“(La digitalización de la economía) ha generado un área de oportunidad importante en materia recaudatoria, ya que el marco legal de México se encuentra desactualizado por una realidad que ha sido transformada profundamente por el avance tecnológico de la última década”, enfatizan en el texto.

Cómo opera en otros países
El experto del BID destaca que más allá del área de oportunidad en materia recaudatoria, atraer a las plataformas de digitalización al cumplimiento tributario promueve la equidad en el tratamiento de empresas que ofrecen los mismos servicios y pagan impuestos al contar con un domicilio fiscal físico

El especialista refiere que en lo que va de este año, Colombia ha recaudado unos 60 millones de dólares gracias a una “relativamente exitosa estrategia de fiscalización a plataformas digitales”.

En este país, los requerimientos de empresas digitales deben pagar IVA independientemente que no residieran ahí, siempre que el destinatario esté ubicado en ese territorio. Mientras Argentina trae unos ingresos tributarios de 300 millones de dólares en el primer semestre del año, producto de gravar a este tipo de empresas.

El Economista