Es insólito que FGR no haya pedido prisión preventiva para Lozoya: penalista

Al dar su opinión sobre lo “extraño” que resulta que a Fiscalía General de la República (FGR) no haya solicitado al juez que decretara la medida de prisión preventiva en contra de Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), el experto en derecho penal, Everardo Moreno, lamentó que la política tenga mucho que ver en la administración de justicia.

Entrevistado al final de la audiencia de imputación al exfuncionario, el penalista se dijo asombrado por cómo se desarrolló el proceso.

“Es totalmente extraña la resolución porque el Ministerio Público no solicitó como medida cautelar la prisión preventiva, lo cual me resulta insólito”.

Aunque el juez le impuso a Lozoya, como medida cautelar, un brazalete electrónico, lo cual está previsto por el Código Nacional de Procedimientos Penales, y le retiró el pasaporte, Moreno expuso que el exdirector de Pemex fácilmente puede obtener documentos personales apócrifos para salir del país en el momento que lo requiera.

Añadió que la defensa del exfuncionario insiste en algo que de ninguna manera se puede aplicar: el criterio de oportunidad, pues consideró que está regulado en el artículo 256 y establece que no se podrá aplicar en aquellos casos de delitos en que se afecte gravemente el interés público, como es este caso.

Sin embargo, viendo la manera en que en el país se están resolviendo algunas cosas, no es difícil que en este caso se le quisiera aplicar el criterio de oportunidad, mediante el cual el señor queda exonerado y no se ejercitará la acción penal, indicó el penalista.

Con el criterio de oportunidad, insistió, no solamente no pisa la cárcel, sino queda totalmente exonerado, así lo marca el artículo 256, el cual, señala que la aplicación del criterio de oportunidad extinguirá la acción penal. ¡Entonces se acabó. Lozoya no cometió ningún delito!

– Aunque la fiscalía no haya solicitado la prisión preventiva el juez pudo haberla mandado.

– Claro. Por supuesto. Así como cuando el Ministerio Público solicita la prisión preventiva y el juez puede decir que no la otorga. Es decisión del juez, salvo los casos de prisión oficiosa que son entre otros homicidio doloso, violación, terrorismo, delitos contra la salud, etcétera. Y a él lo están acusando de asociación delictuosa.

– ¿Hay antecedentes de un caso de esta naturaleza que se haya resuelto de esta manera?

-No. Aunque un caso también muy grave es el de la señora Rosario Robles, en donde se le atribuye haber dispuesto de cierta cantidad millonaria de dinero. El delito que le imputaban no era grave, pero se le impuso prisión.

– ¿Qué opina de este tipo de resoluciones?

– Que la política tiene mucho que ver lamentablemente en administración de justicia.

– ¿Qué tan grave resulta que la Fiscalía no haya solicitado una prisión preventiva y que el Juez tampoco la haya decretado? ¿Es inexplicable?

– No están violando la ley. Están interpretando la ley. Siento que para los presuntos delitos que se le imputan al señor Emilio Lozoya, es extraño que se proceda así.

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